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Tarjetas Revolving: Cómo Liberarse de una Deuda que No Baja

· Actualizado el 23/9/2026

Paga todos los meses y la deuda de la tarjeta apenas se mueve. No es mala suerte: es cómo funciona el crédito revolving cuando la cuota es baja y el interés alto. Le explicamos por qué pasa, qué ha dicho el Tribunal Supremo sobre estos intereses y las salidas reales, de la más barata a la más seria.

Por qué la deuda de una revolving no baja

Una tarjeta revolving es un crédito de duración indefinida, o que se renueva solo, en el que lo que usted gasta no se paga entero al final de cada mes (así lo define la Orden EHA/2899/2011, art. 33 bis). Usted paga una cuota fija o un pequeño porcentaje, y el resto sigue generando intereses. Si vuelve a usar la tarjeta, el saldo se recarga.

El problema son las cuentas. Con una deuda de 3.000 € a un tipo nominal del 21 % (una TAE de algo más del 23 %, sin contar comisiones), el primer mes se generan 52,50 € de intereses. Si su cuota es de 60 €, solo 7,50 € reducen la deuda.

Cuota mensualTiempo hasta pagarlaIntereses totales
55,00 €14 años y 11 meses6.799,53 €
60,00 €10 años4.191,78 €
90,00 €4 años y 3 meses1.541,89 €
150,00 €2 años y 1 mes724,82 €
279,34 €1 año352,10 €

3.000 € al 21 % nominal, sin nuevas compras: lo que cuesta según la cuota (ejemplo)

Con 55 € al mes tardaría casi quince años y pagaría en intereses más del doble de lo que debía. Con 90 €, poco más de cuatro años. La deuda es la misma; lo que cambia todo es la cuota. Y si la cuota no llega a cubrir los intereses del mes (52,50 € en este ejemplo), la deuda no baja nunca.

Desde enero de 2021, la entidad tiene que informarle al menos cada trimestre de lo que debe, de la fecha estimada en que terminará de pagar y de lo que acabará pagando en total. Si su cuota es muy baja, también de cuánto ahorraría subiéndola un 20, un 50 o un 100 %, y de la cuota que liquidaría la deuda en un año (Orden EHA/2899/2011, art. 33 quinquies). Busque esos datos en sus extractos: son el mejor punto de partida.

Primera salida: dejar de usarla y subir la cuota

Es la más barata y no depende de nadie. Deje de usar la tarjeta y pida a su entidad el detalle de lo que ha pagado y lo que debe, con el cuadro de amortización: tiene cinco días hábiles para dárselo y, una vez al mes, es gratis (Orden EHA/2899/2011, arts. 33 sexies y 33 octies). Después, mire en su contrato si puede cambiar la forma de pago y suba la cuota todo lo que su presupuesto aguante.

Segunda salida: reclamar los intereses

Por usura

La Ley de Usura de 1908 declara nulo el préstamo con un interés «notablemente superior al normal del dinero» y desproporcionado con las circunstancias del caso. Si se declara la nulidad, usted solo tiene que devolver el capital que dispuso, y lo que haya pagado por encima se le devuelve (art. 3).

El Tribunal Supremo ha concretado cómo se aplica a las revolving. En 2020 (sentencia 149/2020, de 4 de marzo) estableció que se compara la TAE del contrato con el tipo medio de las tarjetas de crédito y revolving que publica el Banco de España, no con el de los préstamos al consumo. En 2023, el Pleno (sentencia 258/2023, de 15 de febrero) fijó el umbral: el interés es usurario cuando la diferencia supera los 6 puntos porcentuales, con una pequeña corrección de 0,2 o 0,3 puntos que se suma al tipo medio para compararlo con la TAE.

En el caso de 2023, el tipo medio era algo inferior al 20 % y la tarjeta tenía una TAE del 23,9 %: no se consideró usura. Por eso no basta con que su tarjeta sea cara; hay que comparar su TAE con el tipo medio del momento en que la contrató. Para contratos anteriores a mediados de 2010, cuando el Banco de España aún no publicaba ese dato por separado, los tribunales usan otras referencias. Puede leer el resumen oficial en la nota del Consejo General del Poder Judicial.

Por falta de transparencia

En enero de 2025, el Pleno del Supremo (sentencias 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero) abrió otra vía: aunque el interés no llegue a ser usurario, la cláusula puede ser abusiva si no se le explicó con claridad cómo funcionaba la tarjeta. La falta de transparencia sobre la TAE se valora junto con el sistema de amortización, los intereses que generan intereses y la cuota baja. Se analiza caso a caso, y la información que le dieron antes de firmar es la clave.

Importante: para reclamar necesita un abogado; nosotros somos intermediarios hipotecarios y no llevamos reclamaciones. Desde abril de 2025, antes de demandar hay que intentar una negociación previa con la entidad (Ley Orgánica 1/2025, art. 5). Guarde el contrato, los extractos y cualquier documento que le dieran al contratar la tarjeta.

Tercera salida: pagarla con la hipoteca, si tiene vivienda

Si tiene una vivienda en propiedad con valor suficiente, puede incluir la deuda de la tarjeta en una reunificación con garantía hipotecaria y pasar de un tipo cercano al 20 % a uno hipotecario. Tiene sentido cuando la revolving es una deuda más entre varias. Para una sola tarjeta de 3.000 €, los gastos fijos de una operación hipotecaria (tasación, cancelaciones, comisiones) se comen el ahorro.

Dos avisos. Si piensa reclamar los intereses, hable con su abogado antes de cancelar la tarjeta. Y una vez pagada, dé de baja el contrato: reunificar con las tarjetas abiertas es la forma más rápida de volver a llenarlas. Lo explicamos en reunificación de deudas con hipoteca y en nuestra guía para reunificar deudas en la hipoteca.

Si no tiene vivienda, existen préstamos personales de reunificación. Son crédito al consumo y no los tramitamos; si los estudia, compare su TAE con la de la tarjeta antes de firmar.

¿Tiene vivienda y, además de la tarjeta, otros préstamos que le ahogan?

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Lo que no debe hacer

  • Dejar de pagar sin más. La deuda seguirá creciendo y puede acabar en un fichero de morosos, que le cerrará la puerta a cualquier hipoteca. Lo explicamos en hipoteca con ASNEF: ¿es posible?
  • Pagar una revolving con otra, o con un préstamo rápido: cambia de acreedor, no de problema.
  • Pedir que le suban el límite para respirar. Es más deuda al mismo interés, y la entidad está obligada a revisar antes su solvencia (Orden EHA/2899/2011, art. 18).

Le decimos en 24 horas si su caso es financiable con hipoteca, y si le compensa.

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Preguntas frecuentes

Según el Tribunal Supremo (sentencia 258/2023), cuando la TAE del contrato supera en más de 6 puntos porcentuales el tipo medio de las tarjetas de crédito y revolving que publicaba el Banco de España cuando se firmó. Lo decide un juez, caso a caso.

La Ley de Usura dice que usted solo tiene que devolver el capital que dispuso; si ya ha pagado más, se le devuelve el exceso (art. 3). El resultado concreto depende de cada caso y de su abogado.

Sí, dentro de una reunificación con garantía hipotecaria, si tiene vivienda con valor suficiente y la entidad acepta cancelar tarjetas, porque no todas lo hacen. Para una sola tarjeta de importe pequeño no suele compensar, por los gastos fijos de la operación.

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